Contrataciones en origen, una posibilidad para trabajadores extranjeros y empresarios españoles

Paola Lami/Noé Torres, migrar.org (09/03/2007)
Contingente, visados para búsqueda de empleo, y en abril, la posibilidad
de contratar de manera rápida y directa a profesionales son los procedimientos
que plantea la legislación española para que los empresarios
contraten en origen.
El Ministerio de Trabajo y asuntos Sociales estima que 180.000 trabajadores extranjeros podrán acceder al mercado de trabajo este año a través de la contratación en origen. De acuerdo a los distintos procedimientos que contempla la legislación española par ello.
Uno de los sistemas para contratar trabajadores en origen es el Contingente. Un procedimiento anual que permite a las empresas solicitar la gestión de ofertas laborales teniendo en cuenta la situación nacional de empleo dirigidas a trabajadores de origen extranjero que no se encuentren en España.
Este programa está abierto a todas las personas extranjeras, pero tienen preferencia los países que han firmado un acuerdo previo con España, como por ejemplo Marruecos, República Dominicana, Ecuador o Colombia. La contratación de personas de Chile y de Perú se rige por acuerdos específicos distintos del contingente.
El contingente se caracteriza por servir para contrataciones genéricas y nominativas. Las primeras hacen referencia a cuando la empresa tiene en cuenta los perfiles profesionales y no los individuos con nombres y apellidos.
Mediante las ofertas genéricas, las empresas, federaciones y organizaciones empresariales pueden pedir a las delegaciones del gobierno, el número de puestos a cubrir y requisitos necesarios para el puesto, pero no a un trabajador en particular.
Para estas contrataciones, las empresas deben presentar las solicitudes o bien personalmente o bien mediante las organizaciones empresariales. Los procesos de selección se realizan en origen. Una vez seleccionados los trabajadores, es la autoridad Consular del país de origen la que concede el visado a los futuros trabajadores.
En las ofertas nominativas, el empresario o la empresa pueden indicar la contratación de un trabajador en concreto, pero en este caso se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo. Es decir, se deberá tener en cuenta si el puesto aparece en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.
En los dos casos, se concede una autorización inicial de trabajo y residencia por cuenta ajena por un año, que comenzará a tener vigencia a partir de la fecha en que se produzca la entrada en España. Esta autorización está limitada a un ámbito territorial y sector de actividad determinado; permite la incorporación inmediata del trabajador o la trabajadora a la empresa.
Visados para Búsqueda de Empleo
En el mismo Acuerdo del Contingente 2007, el Ministerio de Trabajo estableció el número de Visados para Búsqueda de Empleo.
Existen dos tipos de visados, unos están dirigidos a hijos e hijas de españoles de origen o a nietos y nietas de españoles de origen.
Estos visados autorizan a los trabajadores extranjeros desplazarse al territorio español para buscar trabajo. Pueden buscar empleo durante tres meses. Si en ese plazo no consiguen un contrato de trabajo, están obligados a salir del territorio.
El número de estos visados, los mecanismos de selección de los destinatarios y las fórmulas de presentación de las solicitudes, están dispuestas en el Acuerdo Contingente 2007.
Otros, son los visados para la búsqueda de empleo abiertos a todos los extranjeros, limitados a determinados sectores de actividad en un ámbito territorial concreto.
Las actividades y el número de visados serán determinadas por el Acuerdo de Contingente, en cada país el organismo de selección previsto realizará la selección. Quienes tengan estos visados podrán permanecer en España durante tres meses. En ese plazo, deberán encontrar un contrato de trabajo en el sector y en el ámbito territorial previsto. Por su parte, la empresa que desee contratarlos debe presentar una oferta contrato ante la oficina de extranjeros.
Para este año se han estimado inicialmente 455 visados de búsqueda de empleo para el sector del servicio doméstico, así como una cifra inicial de 500 visados para el programa piloto que pretende conceder visados de búsqueda de empleo a hijos y nietos de los españoles de origen.
La eficacia de la autorización concedida está condicionada a la afiliación y alta del trabajador o trabajadora a la Seguridad Social.
Permisos de trabajo para profesionales cualificados
A partir del mes de abril, el gobierno pondrá en marcha un nuevo procedimiento para la contratación de personas extranjeras cualificadas. A través de esta medida se podrá obtener un permiso de residencia y trabajo para entrar en España.
Pero, la medida sólo beneficiará a los directivos de grandes empresas, técnicos y científicos de alta cualificación, profesores universitarios y artistas de prestigio.
Por su parte, las empresas deben cumplir al menos uno de los siguientes requisitos: Disponer de más de 1.000 trabajadores, superar los 200 millones de euros de inversión en España, en el caso de empresas de nueva creación, deberán comprometerse a realizar una inversión de 20 millones de euros en el país.
Aunque la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración continúa cerrando los detalles que tendrá el procedimiento, las empresas interesadas deberán dirigir su solicitud a la Unidad de Tramitación de la Secretaría de Estado de Inmigración.
Una vez allí, la administración debe resolver el trámite en cuatro semanas. Tras obtener la autorización el profesional tiene un mes para solicitar el visado en el consulado de su país. La solicitud puede ir acompañada de peticiones de residencia para los familiares directos de los profesionales.
Según datos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el año 2006 ingresaron 47.576 trabajadores a través del contingente. Mediante el régimen general ingresaron 68.426, el 35% de los inmigrantes que han llegado por esta vía lo han hecho acogiéndose al llamado Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura.
En total 116.000 trabajadores fueron contratados en origen durante los seis primeros meses del año 2006.
Para este año las comunidades autónomas que requieren un mayor número de trabajadores extranjeros son: Galicia, Comunidad Valenciana, Madrid y Cataluña y las que menos necesitan de ellos son: Canarias, Asturias y Extremadura.
Más información en :
Secretaria de estado de Inmigración y Emigración
http://extranjeros.mtas.es/
Solicitudes de Contingente 2007
Acuerdo Contingente 2007
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